Fabricantes de envases
Haces latas, botellas, cajas, bolsas… Te toca la parte gorda: preparar el expediente técnico y firmar la declaración de conformidad de cada tipo de envase.
Arts. 15, 38 y 39Urgente · Plazo legal en marcha
Si tu empresa envasa productos —o los importa ya envasados— para venderlos en la UE, desde el 12 de agosto de 2026 cada tipo de envase necesita una declaración de conformidad firmada y su expediente técnico. Sin esa documentación, ese envase no puede venderse. Con ConformaPack contestas un cuestionario en lenguaje llano y descargas todo listo para firmar.
Sin registro y sin tarjeta: el generador funciona entero en tu navegador. Sin consultores a 150 € la hora ni 200 páginas de reglamento.
Desde el 12 de agosto de 2026, el envase sin documentación no se vende.
Cuenta atrás visual hasta el 12 de agosto de 2026, fecha desde la que la ley europea de envases (Reglamento (UE) 2025/40) exige la declaración de conformidad de cada envase.
■ precinto · declaración de conformidad · expediente técnico · listo para firmar · precinto ■
Contenido 02 · El riesgo
No es una recomendación: es el Reglamento (UE) 2025/40 (PPWR), la nueva ley europea de envases. Y en España ya hay un régimen de multas que sirve de referencia mientras se aprueba el específico del PPWR.
Venta prohibida
Desde el 12-08-2026, cada tipo de envase que se introduce en el mercado de la UE debe tener su declaración de conformidad (art. 39 y anexo VIII) y su expediente técnico (anexo VII). Sin ellos, la inspección puede parar la venta y ordenar retirar producto.
Fuente: Reglamento (UE) 2025/40, EUR-LexHasta 100.000 €
La Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados —el marco sancionador español de referencia en envases— fija multas de 2.001 a 100.000 € para las infracciones graves (art. 109.1.b).
Fuente: Ley 7/2022, art. 109 (BOE)Hasta 3,5 M€
Las infracciones muy graves llegan de 100.001 hasta 3.500.000 €, con posible inhabilitación y clausura (art. 109.1.a). El PPWR obliga además a cada Estado a tener su régimen sancionador aplicable desde el 12-08-2026 (art. 68).
Fuente: Ley 7/2022, art. 109 (BOE)La salvación es aburrida y barata: tener la documentación hecha. Una declaración por tipo de envase, un expediente que la respalde, y a otra cosa. Eso es exactamente lo que ConformaPack te prepara en una tarde.
Empezar ahora, gratisContenido 03
La regla rápida: si fabricas envases, si envasas tu producto o si importas producto ya envasado, te afecta. La ley reparte deberes por toda la cadena y ser pequeño no te libra: la norma no distingue por tamaño. Ejemplo real de perfil: una conservera de Murcia con 8 envases distintos (latas, frascos, cajas) necesita 8 declaraciones con su documentación. Con ConformaPack las tiene todas en una tarde.
Haces latas, botellas, cajas, bolsas… Te toca la parte gorda: preparar el expediente técnico y firmar la declaración de conformidad de cada tipo de envase.
Arts. 15, 38 y 39Traes envases o producto envasado de fuera de la UE. Antes de venderlo, tienes que comprobar que el fabricante hizo sus deberes y guardar copia de su documentación por si te los piden.
Art. 18Envasas conservas, cosmética, bebidas, miel… o encargas envases con tu marca. Para la ley puedes contar como fabricante, con sus mismas obligaciones. Da igual que seáis tres en la empresa.
Cadena de suministro¿Vendes online con tus propias cajas, sobres o relleno? Ese embalaje de envío también es envase para esta ley. Y si revendes, debes comprobar que tus proveedores tienen la documentación.
Deber de comprobaciónEl PPWR sustituye a la norma de envases de 1994. Empieza el año y medio de margen para adaptarse.
Desde hoy, cada tipo de envase necesita su declaración de conformidad firmada (art. 39, anexo VIII) y su expediente técnico (anexo VII). Y se prohíben los PFAS en envases que tocan alimentos.
No valen para un día: hay que conservarlos 5 años (envases de un solo uso) o 10 años (reutilizables), por si los pide una inspección.
Todos los envases de la UE llevarán los mismos símbolos de materiales (art. 12). Tocará cambiar etiquetas otra vez.
Los envases deberán ser reciclables como mínimo en grado C y los de plástico llevar material reciclado.
Último corte: solo se podrán vender envases con las dos mejores notas de reciclabilidad (grados A y B).
→ Desliza o usa las flechas del teclado para recorrer el calendario completo.
Contenido 04
Tres pasos. Sin reuniones, sin presupuestos «a consultar».
Contestas un cuestionario sencillo, en español: qué material es, qué contiene, si toca alimentos, si se reutiliza. Con desplegables y ejemplos, nada de jerga. Unos 3 minutos por envase.
ConformaPack redacta tu declaración de conformidad con el modelo oficial (anexo VIII del Reglamento) y te monta el expediente técnico ordenado (anexo VII), con la lista de justificantes que debes reunir.
Descargas el documento, lo firma el responsable de tu empresa y lo archivas. Y si contratas las actualizaciones, te avisamos cuando cambie algo que afecte a tus envases (etiquetas 2028, reciclabilidad 2030…).
Contenido 05 · Demo interactiva
No te pedimos que te fíes: el generador de ConformaPack está abierto para que lo pruebes con un envase de verdad, de principio a fin.
Sin registro, sin tarjeta y sin enviarnos nada: el generador funciona entero en tu navegador y tus datos no salen de tu equipo.
Contenido 06
Pago único por dejar tus envases documentados, y una suscripción opcional para que la norma no te vuelva a pillar. Menos de lo que cuesta la primera reunión con una consultora.
149 € · pago único
Límite: hasta 10 tipos de envase
El de las envasadoras
249 € · pago único
Límite: hasta 30 tipos de envase
39 € / mes · opcional
Requiere un pack de pago único
¿Por qué este precio? Porque el asistente hace el trabajo repetitivo (estructura, modelos oficiales, redacción) y tú pones los datos que ya conoces de tus envases. Una consultoría tradicional cobra entre 900 y 2.500 € por documentar un catálogo similar; ConformaPack puede costar 149 € porque no hay horas de consultor de por medio, solo software bien hecho.
Beta privada: ConformaPack se abre por orden de lista de espera. Los precios indicados son de lanzamiento y pueden ajustarse antes de la apertura pública. Probar el generador con 1 envase es y seguirá siendo gratis.
ConformaPack es una herramienta documental de apoyo, no una asesoría legal: redacta y organiza la declaración y el expediente técnico según los modelos oficiales del Reglamento (UE) 2025/40. La declaración de conformidad la firma siempre el responsable de tu empresa, que es quien pone el envase en el mercado y quien responde de que cumpla. No somos un organismo notificado (una entidad certificadora oficial), ni un laboratorio, ni un despacho de abogados, y usar ConformaPack no es asesoramiento jurídico. Para casos complicados, contrasta con tu asesor.
Contenido 08
Un documento de una página en el que tu empresa afirma, negro sobre blanco, que un tipo de envase cumple la ley europea de envases: qué materiales lleva, que no tiene sustancias prohibidas, que es reciclable, etc. Lo firma un responsable de la empresa y sigue un modelo oficial (Reglamento (UE) 2025/40, art. 39 y anexo VIII).
Nadie te lo expide desde fuera: es una autodeclaración. Pero tiene que estar respaldada por un expediente técnico que demuestre lo que firmas (anexo VII). Ahí está el trabajo de verdad, y eso es lo que ConformaPack te prepara.
No. La ley dice que el control lo hace la propia empresa (el llamado «control interno de la producción», anexo VII del Reglamento). No hay auditor externo ni certificadora de por medio. Eso sí: para respaldar algunas afirmaciones —por ejemplo, que no hay PFAS (sustancias químicas muy persistentes) en un envase que toca alimentos— pueden hacer falta datos de tus proveedores o un ensayo de laboratorio. ConformaPack te dice cuáles y dónde archivarlos.
No: va por tipo de envase. La botella, el tapón, la etiqueta, la caja agrupadora y la caja de envío son tipos distintos; eso son cinco declaraciones. Por eso los packs cubren 10 o 30 tipos, con un mapa de tu catálogo para no dejarte ninguno. (Si un envase está sujeto a varias normas de la UE a la vez, el Reglamento permite una sola declaración combinada que las cite todas.)
Que ese envase, legalmente, no se puede poner a la venta en la UE. Una inspección puede pedirte la documentación y ordenar retirar producto. En España, el marco sancionador de referencia en envases y residuos es la Ley 7/2022: multas de 2.001 a 100.000 € en infracciones graves y de 100.001 hasta 3,5 millones en las muy graves (art. 109). Y antes que la inspección suele llegar otra cosa: el cliente grande que no te compra sin la documentación.
Muy probablemente sí. Si envasas producto propio, encargas envases con tu marca o importas producto envasado de fuera de la UE, te toca. Y tus cajas, sobres y relleno de envío también cuentan como envase para esta ley. Si solo revendes producto ya envasado por empresas de la UE, tu papel es de distribuidor: tu deber es comprobar que tus proveedores tienen la documentación. El mini-test del principio te orienta en 30 segundos.
Sí, y deberías. El generador está abierto para 1 envase: contestas el cuestionario y ves la declaración y el checklist del expediente tal y como se generan, con el ejemplo precargado de Conservas del Segura S.L. Sin registro y sin tarjeta: todo se queda en tu navegador.
No, y desconfía de quien te lo garantice. ConformaPack te prepara los documentos con la estructura y el lenguaje correctos, y te dice qué justificantes reunir. Que los datos sean ciertos y que el envase cumpla de verdad es responsabilidad de quien firma: tu empresa. Nuestra parte del trato: que la documentación no sea el motivo por el que no llegas al 12 de agosto.
Contenido 08B · Números claros
No es una comparación abstracta: es la multa por no tener la documentación frente al coste de tenerlos. Y el reloj no espera: cada semana que pasa es una semana menos para llegar al 12 de agosto de 2026.
Hasta 3,5 M€
Multa por infracción muy grave según la Ley 7/2022 (art. 109.1.a), el marco sancionador español de referencia en envases mientras se aprueba el régimen específico del PPWR. Las infracciones graves ya son de 2.001 a 100.000 €.
Fuente: Ley 7/2022, art. 109 (BOE)Hasta 200.000 €
El borrador alemán de trasposición del PPWR contempla multas de 10.000 a 200.000 € por infracción (registro incompleto, incumplimiento del sistema de responsabilidad ampliada, etc.), exigibles desde que el régimen sancionador nacional quede fijado, como tarde el 12 de febrero de 2027. Cada Estado miembro debe tener el suyo (art. 68 del Reglamento).
Fuente: Trade-e-bility: PPWR fines ranging from €10,000 to €200,000Desde 149 €
Pago único, hasta 10 tipos de envase. Es decir: por menos del 0,1 % de la multa muy grave española, o menos del 1 % del máximo alemán, dejas tus envases con declaración y expediente listos para firmar.
Comparativa propia sobre las fuentes citadas arribaCuanto más esperas, menos margen te queda: preparar bien un catálogo de envases lleva días, no horas, y el 12 de agosto de 2026 no se mueve. Cada envase sin declaración es un riesgo de sanción, de retirada de producto y de perder al cliente grande que ya te pide la documentación.
Ver precios y empezarContenido 09
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